La Federación Andaluza de Montañismo, desde su Área Social, apuesta por acercar el montañismo a las personas y colectivos que se encuentren en situación de exclusión social o que estén en riesgo de estarlo. Con el firme propósito de que los valores de nuestro deporte (superación, compañerismo, convivencia, contacto y respeto a la naturaleza,…) pueden contribuir a la mejora del bienestar individual y colectivo de estas personas en riesgo.
De igual manera, pensamos que el colectivo montañero se verá altamente enriquecido incorporando la integración de personas provenientes de otros colectivos de diversificación.
A tal efecto, se crea en el año 2015 la «Licencia de Inclusión Social» de ámbito autonómico; una licencia dirigida a actividades de senderismo, marchas a pie o excursiones por el medio natural que entendemos son nuestras especialidades deportivas que más factores positivos generan a la hora de empezar a practicar el montañismo. Asequible a cualquier edad, así como a cualquier disfunción física o sensorial.
Esta Licencia de Inclusión Social estará impulsada por los propios Comités del Área Social (montañismo adaptado, mujeres, infantil y veteranos/as), siendo también éstos los promotores de tal licencia en el caso que la persona o colectivo no pertenezcan a ningún club federado.
La persona beneficiaria de esta licencia deberá aportar por correo electrónico:comitemujeres@fedamon.com, copia de documentación de reconocimiento oficial, expedida por el Órgano de la Administración competente, que acredite su situación de vulnerabilidad o pertenencia a alguno de los citados colectivos, siendo esa documentación de vigencia en el momento de solicitar la Licencia Social.
Consultada la normativa nacional y autonómica al respecto, desde la Federación Andaluza de Montañismo consideramos personas beneficiarias de la Licencia de Inclusión Social a quienes se encuentren en alguno de estos colectivos, (siendo este criterio susceptible de ser modificado en posteriores convocatorias):
– Personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, en un grado igual o superior al 33%.
– Mujeres víctimas de violencia de género procedentes de casas de acogida o programas de protección.
– Perceptoras de Rentas Mínimas de Inserción, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.
– Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
– Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
– Personas internas de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a la práctica del montañismo, así como liberados condicionales y ex reclusos.
– Personas menores de edad internas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a la práctica del montañismo, así como las que se encuentran en situación de libertad vigilada y las ex internas.
– Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados.
– Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados.
– Personas emigrantes retornados a Andalucía con graves necesidades personales o familiares.
– Personas que tengan a su cargo una familia monoparental y presenten graves necesidadespersonales o familiares.
Para más información, contactar con comitemujeres@fedamon.com